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El Gobierno ha aprobado un paquete de reformas legales con el fin de reducir los accidentes de tráfico.

El día 3 de enero de 2021 entraron en vigor las nuevas modificaciones relativas al Reglamento de Circulación y Vehículos, con el objetivo de generar un nuevo modelo de seguridad vial que permita rebajar en un 50% los fallecidos y heridos graves durante la próxima década, en consonancia con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Principales modificaciones

  • La reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en todo lo relacionado con el permiso y la licencia de conducción por puntos eleva de 3 a 6 los que se restarán por conducir sujetando con la mano un móvil y de 3 a 4 no hacer uso del cinturón de seguridad, casco o sistema de retención infantil.

  • El Reglamento General Circulación modifica la velocidad en las ciudades: 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación, 50 km/h en vías de 2 o más carriles por sentido y 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada. Suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos.

  • El Reglamento General de Vehículos define los vehículos de movilidad personal y prohíbe su circulación por vías interurbanas, travesías, aceras, túneles urbanos y autovías y/o autopistas que transcurran dentro de poblado y deberán disponer de un certificado de circulación.

  • La reforma del Reglamento General de Conductores rebaja la edad exigible para acceder a conducir camiones y autobuses y establece la posibilidad de que personas con problemas asociados al sistema locomotor puedan acceder a dichos permisos de conducción.

  • La DGT ha optado por modificar la herramienta de alerta de avería en carretera y sustituir los tradicionales triángulos por una luz de emergencia V16. La idea básica es no tener que abandonar el vehículo en ningún momento. Aunque no tenemos por qué comprar obligatoriamente uno de estos dispositivos de forma inmediata, ya que podemos seguir utilizando los triángulos de señalización. Legalmente sólo estamos obligados a usar los triángulos o la luz V-16 (siempre que sea posible por las condiciones del tráfico) y el chaleco reflectante, pero cuanto más nos hagamos ver, mejor. No obstante, disponemos hasta Enero del año 2024 para ir realizando el cambio de los triángulos a la luz.

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